Fuente: 25 Septiembre 2023

Si trabajas a tiempo parcial, debes saber que a partir del 1 de octubre mejoran tus condiciones de COTIZACION

Las nuevas medidas afectan a 2 millones de personas de las que el 75% son mujeres. Te lo contamos en La Asesora Responde

Desde el 1 Octubre de 2023, y a efectos del cómputo de periodos cotizados, se asimila el trabajo a tiempo parcial para el cálculo de pensiones de Jubilación, Incapacidad Permanente, muerte y supervivencia, Incapacidad Temporal, nacimiento y cuidado de menor, al tiempo completo, ya que se tendrán en cuenta los periodos cotizados cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos.

Hasta la modificación del Art. 247 LGSS por RD Ley 2/2023, de 16 de Marzo, se aplicaba a efecto de cómputo de plazos para acceder a determinadas pensiones en los contratos a tiempo parcial, un coeficiente de parcialidad relativo a la jornada realizada que no consideraba cada día trabajado como día cotizado, ampliando considerablemente para este colectivo la necesidad de cotizar muchos más días para completar los periodos mínimos previos de cotización o carencia.

El TJUE concluyó qué al aplicar adicionalmente este coeficiente de parcialidad, la legislación Española podía dar lugar a una discriminación indirecta por razón de sexo, ya que el 75% de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres.

Esta medida mejora las condiciones de 2 millones de personas que trabajan a tiempo parcial, del que como ya hemos mencionado al menos 1,5 millones son mujeres.

A partir de ahora dejará de ser determinante la duración de la jornada laboral, y el número de días cotizados coincidirá con el número de días trabajados. Esto supone una ampliación de los derechos de los pensionistas y una paso más para reducir la brecha de género.

Para más información o consultas personalizadas contactar con Asesoría Juridica del SIAJ 91 202 79 91 - 683 294 733 lunes y jueves de 10h a 14H. miércoles de 16h A 19h.

¿Te gusta esta página?

Recomienda este sitio en tus redes sociales