Fuente: 4 Octubre 2021

Aprobada la subida del Salario Mínimo Interprofesional #SMI

15 euros de incremento que sitúan el #SMI en los 965 euros mensuales. Te lo contamos todo desde la Asesoría Jurídica del SIAJ

Desde el 1 de septiembre de 2021, con la publicación del RD 817/2021, el Salario Mínimo Interprofesional queda fijado de esta manera:

  • SMI mensual, 965 € (1.125,83 € en 12 pagas)
  • SMI anual: 13.510 €
  • SMI diario: 32,16 €
  • Empleadas y empleados de hogar: 7,55 € a la hora. En los salarios por hora están incluidas tanto las pagas extra como las vacaciones.
  • Trabajadores eventuales y temporeros: 45,70 euros por jornada.

Hasta el citado 1 de septiembre de 2021, el SMI era el mismo que en el año 2020:

  • SMI mensual: 950 € (1.108,33 € en 12 pagas)
  • SMI anual: 13.300 € (derivado de 950 € en 14 pagas)
  • SMI diario: 31,66 €

Estos salarios deben abonarse con efecto retroactivo desde el 1 de septiembre de 2021

El SMI es la cantidad fijada anualmente que establece el importe bruto que como mínimo deben cobrar los trabajadores para la jornada legal de su actividad.  Algunas características importantes de este SMI son:

  • El importe establecido como SMI es un importe BRUTO a percibir por las personas trabajadoras, al que le son aplicables descuentos de SS y retenciones de IRPF.
  • No se puede disminuir el SMI restando retribuciones en especie que el trabajador haya percibido
  • El SMI es el salario mínimo a percibir y puede ser mejorado por Convenio colectivo para un sector de actividad concreto. En ningún caso un Convenio colectivo puede empeorarlo.
  • Si un convenio colectivo tiene establecidos complementos salariales, estos se suman al SMI

¿Qué repercusión tiene el SMI en otros indicadores?

El SMI tiene repercusión en el tope para poder acceder a subsidios; el límite de rentas,  que se calcula según establece el art. 275.3 de la LGSS, queda fijado en el 75% del SMI (tomado en este caso en 12 de las 14 pagas). Así, si el SMI mensual para 2021 queda establecido en 950 euros al mes, el tope de rentas para acceder a un subsidio será de 712,50 euros al mes.

Sin embargo el SMI no tiene repercusión en la cuantía de esos subsidios, sino que está vinculada al IPREM.

Cualquier duda o consulta, puedes dirigirte a nuestra asesoría jurídica gratuita para jóvenes, 91 202 79 91 - 683 294 733 juridica.siaj@ayto-getafe.org

 

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